Tal como lo ofreció en campaña, el presidente de la República, Guillermo Lasso, remitió el martes 25 de mayo del 2021 a la Asamblea el proyecto de Ley de Libre Expresión y Comunicación.
Aunque en principio anunció que derogaría esa norma, en el proyecto se mantienen 15 artículos de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) sobre publicidad, producción nacional y espectro radioeléctrico.
Dentro de las disposiciones consta la derogatoria del artículo 182 y el numeral 1 del artículo 396 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifican el delito de calumnia y las contravenciones por expresiones de descrédito o deshonra, respectivamente.
“Que nunca más se use el derecho penal para perseguir controversias que surgen por la libre expresión”, manifestó Lasso ayer, en Twitter.
El proyecto dice que ningún medio, periodista o comunicador podrá ser sancionado por criticar o denunciar al poder público. Sí se establece la responsabilidad ulterior “exclusivamente de naturaleza civil”.
Mariana Velasco, presidenta de la Unión Nacional de Periodistas (UNP), considera que es un “cambio gigantesco”. Cree que el proyecto no está direccionado “a limitar, callar o impedir” el ejercicio periodístico, como si ocurrió con la ley promulgada en el 2013.
Según el Mandatario, el proyecto garantiza la libertad de expresión, comunicación y prensa como un derecho que no puede ser restringido. También -dice- garantiza a los comunicadores la cláusula de conciencia, reserva de fuentes y secretos profesionales.
La titular de la UNP destaca que el proyecto establece que quienes ejercen la función pública están sujetos a un mayor escrutinio de la sociedad.
Dentro de los artículos que se propone derogar constan, por ejemplo, la eliminación de la protección a los trabajadores de la comunicación, que se incorporó tras el asesinato del equipo periodístico de este Diario, perpetrado por disidentes de las FARC en la frontera con Colombia. Además, se derogaría el artículo referente a los derechos laborales.
En el proyecto del Presidente Lasso se establece la autorregulación de los medios de comunicación, a través de sus códigos de ética y políticas editoriales efectivas, lo que permitiría un trabajo periodístico más libre, sin la intervención política de los poderes de turno en los gobiernos.
Danilo Villarroel, presidente de la Federación Nacional de Periodistas (Fenape), cuestiona que no se incluyera nada sobre los riesgos que deben enfrentar los trabajadores de la comunicación. “Estamos día a día expuestos a amenazas, denostaciones, persecución, intimidación…”.
Tampoco se establece nada sobre medios públicos y comunitarios ni se aclara qué ocurrirá con el Consejo de Regulación, Desarrollo y Promoción de la Comunicación (Cordicom), cuya creación se dio vía referendo en el 2011.
Tanto la UNP como la Fenape piden ser incluidos en la discusión del articulado. Este proyecto de Ley es el primero que llega a la Asamblea desde el Ejecutivo y pondrá a prueba a la mayoría compuesta por Creo, Pachakutik, Izquierda Democrática (ID) y legisladores independientes.
El primer vocal del CAL, Darwin Pereira (Pachakutik), consideró que este proyecto deberá ser “enriquecido” con todos los actores relacionados con la comunicación, lo que no significa que el texto sea aprobado en los términos planteados por Lasso. Salvador Quishpe, su coideario, enfatizó que “la libertad de expresión debe ser para todos los ciudadanos y no solo para los periodistas”.
El coordinador de la ID, Alejandro Jaramillo, adelantó que uno de los aspectos que mayor debate generará se relaciona con los alcances de la autorregulación de los medios.
De su lado, la coordinadora del correísmo, Paola Cabezas, expresó sus reparos a la propuesta de derogar la calumnia. “Se pretende eliminar una regulación en torno a la comunicación, contradiciendo a nuestra Constitución y sin considerar que es un mandato popular expresado en urnas en la consulta popular del año 2011”.
El socialcristiano Esteban Torres calificó de “positivo” a este proyecto, y resaltó que “da cuenta que el Gobierno no restringirá la libertad de prensa”.
Con las reformas a la Ley de la Función Legislativa, el Parlamento deberá sujetarse a plazos específicos para el trámite de este y otros proyectos.
Si se aplican los plazos máximos que estipula la norma, desde su calificación en el CAL y debate en las comisiones, la aprobación del texto en el Pleno no tomará más de 17 meses. En caso contrario, los asambleístas están sujetos a una suspensión en sus funciones, pues incurrirían en una falta administrativa “muy grave”.
Así, por ejemplo, en un plazo máximo de cinco días, la Unidad Técnica Legislativa (UTL) deberá enviar un informe no vinculante al Consejo de Administración de la Legislatura (CAL). Esta instancia, en no más de 60 días, calificará el proyecto y lo remitirá a una comisión especializada para que en 90 días entregue un informe para primer debate.